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LA IMPUNIDAD DEL CASO DE KELLY MÉNDEZ POR  INTENTO DE FEMINICIDIO

 

“Considerar el feminicidio como un crimen más o incluso un crimen pasional, ha legitimado las conductas de violencia contra las mujeres y niñas en Colombia y por lo tanto, se debe garantizar la investigación y sanción de las violencias contra las mujeres por motivos de género y discriminación

 

Angélica Lozano, representante del partido Alianza Verde

Ilustración de Constitución Política de Colombia con el proyecto de Ley Cely.

Por: Dayana Jakeline Rodriguez 

 

Kelly Méndez es madre soltera de un niño de 5 años. Es una mujer emprendedora que trabaja en la mañana en un Call Center y estudia por la noche en el Sena. Me citó el domingo a las 3 de la tarde en el barrio Villa Luz, ubicado en la Av Boyacá con calle 53, para contarme el caso del que fue víctima el pasado 23 de noviembre del 2014.  Leí una noticia en eltiempo.com acerca de su historia y fue impactante enterarme de la agresión que le causó su exnovio, Yerson Neva. Hacía mucho calor, y al encontrarnos nos dirigimos a una panadería cercana al sector. Empezó contándome de su relación sentimental con Yerson que inició en el año 2013. La relación se complicó después de haber cumplido un año de novios, cuando la ex esposa de Yerson apareció en la vida de Kelly. Ella y Yerson terminaron. “Él seguía buscándome y llamándome e incluso me recogía en el Sena y me llevaba a casa, pero yo tampoco lo frenaba, nunca le dije que no lo hiciera aunque él supiera que ya había conocido a alguien más y que me gustaba esa persona”. 

 

 

El 23 de noviembre a las 9:15 p.m. Yerson llegó a recogerla al Sena y la llevó a su casa. “Estábamos en el carro, en la parte trasera de la casa pues a mi mamá no le gustaba que yo siguiera hablándome con él. Hablamos un rato y me rogó que siguiéramos juntos, pero yo le decía que no, que quería conocer a otras personas y, sin embargo, él insistió. Me mostró los chats del celular para que me diera cuenta que no hablaba con ninguna otra mujer y al bajar las conversaciones vi que tenía una con una chica de la empresa con la que había salido antes y de manera sarcástica le dije algo como: “Aaa pero te sigues hablando con ella, ahí tienes con quién pasar el rato” y luego le dije que me quería bajar, que ya tenía sueño.  Me giré para sacar la maleta que estaba en la parte de atrás y no sé como se levantó, pero de un momento a otro resultó encima mío y me dijo: “¿Es que usted no se está dando cuenta lo que yo estoy haciendo por usted?, ¿No se da cuenta que yo quiero es estar con usted? Si usted no es para mí, no es para nadie” y luego lo que sentí fue un puño en el pecho.”

 

Con su voz entrecortada y siempre recordando a Santiago, su hijo, continuó con la narración del hecho. Yerson, le había propinado una puñalada en el pecho y Kelly se dio cuenta cuando vio el cuchillo de cabo negro enterrado a pocos centímetros de su cuello. Luego, le propinó otra puñalada en su seno izquierdo, haciendo que Kelly gritara del dolor en aquella calle solitaria en donde nadie la escuchaba. Yerson prendió el carro y empezó a andar. Kelly recuerda que le decía “Yerson, lléveme al hospital, me siento muy mal, por favor” pero éste no le hacía caso. En el transcurso del camino, Kelly reconoció algunos edificios de la séptima con 72 y un arco de una virgen de color blanco. Estaba pérdida, herida y adolorida. “Recuerdo que en medio del trance y luego de haber perdido muchísima sangre, le dije que estaba embarazada de él (y aún no sé por qué le dije eso) y que yo lo quería, que me llevara al hospital y que yo me casaba con él, pero que no me dejara morir. Le dije que lo hiciera por su hija y por mi Santiago y que cuando me llevara al hospital dijera que me habían robado y que yo lo había llamado, que yo no iba a decirle nada a la policía, pero que por favor no me dejara morir”

 

Yerson decidió llevarla al hospital y llamar a la familia, pero dentro de la investigación que realizó la Policía Nacional se hallaron muchas incoherencias al no concordar la hora en que él supuestamente había encontrado a Kelly herida en la 79 con Caracas. Luego de tres días después de ocurrido el hecho, Kelly despertó de coma y le contó a su hermano que había sido Yerson quién la había herido. El CTI, empezó con la investigación y finalmente le dieron orden de captura a Yerson. Kelly cuenta con rabia y angustia, que al salir de la clínica ella quiso saber en qué iba el proceso penal contra Yerson y se encontró con que él acusado había aceptado los cargos y que por ello le dieron casa por cárcel y le quitaron el agravante de “Intento de homicidio agravado por el hecho de ser mujer”. Asimismo, le quitaron los cargos por el delito de robarle el celular y sus pertenencias.

 

 

Agravante de feminicidio

 

La única ley que tipifica el feminicidio en Colombia es la ley 107 del 2013 ‘Rosa Elvira Cely’. Esta ley nació a raíz del caso de Rosa Elvira Cely, una bogotana de 35 años que fue violada, agredida y empalada en el reconocido Parque Nacional, ubicado cerca de la Avenida Circunvalar, en la capital colombiana, por su compañero de estudio, Javier Velasco. “La idea nació, en primer lugar, a partir del caso de Rosa, y en segundo lugar, por las estadísticas que evidenciaban que diariamente eran asesinadas tres mujeres y nadie hacía nada,” aseguró la abogada e impulsora de la ley Isabel Agatón.

Esta ley no ha sido aprobada en su totalidad, pues el pasado 6 de mayo en la Cámara de Representantes aprobaron el penúltimo debate de éste proyecto que tiene como objetivo “tipificar el feminicidio como un delito autónomo, para fortalecer el marco jurídico que garantiza el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias establecido por la Ley 1257 de 2008”.

Las mujeres representantes de la Cámara, María Fernanda Cabal, Angélica Lozano y Clara Rojas se unieron en poder legislativo para sacar adelante la aprobación del proyecto. “El feminicidio que promovemos todas las mujeres del Congreso eleva la pena a 50 años porque reconoce y castiga esas agresiones psicológicas, físicas, sexuales a las que son sometidas miles de mujeres en el país”, señaló la representante Angélica Lozano, a la Fm.

 

Y aunque ya se tipificó el primer caso como feminicidio, el de Sandra Patricia Correa una mujer asesinada por su esposo en un motel de la ciudad de Medellín, no fue penalizado como tal, ya que aún no se dictamina la ley Cely. Al agresor le dieron una condena de 23 años. Lo mismo sucedió con el hecho de Kelly Méndez, pues aunque fue un intento de feminicidio por el dominio que cree tener el hombre sobre la mujer, éste no fue asimilado como tal y no fue condenado como tal. Luego de ocho días de estar en cuidados intensivos y 3 días de recuperación, al dirigirse a la Fiscalía General de la Nación, se enteró que a su agresor, Yerson Neva, el día 28 de noviembre del 2014 en la primera audiencia preliminar a cargo de la Fiscal Ángela Patricia Castellanos Rivera, le quitaron el agravante de Tentativa de Homicidio Agravado.

 

Kelly me cuenta empuñando sus manos y observando detenidamente las fotocopias que tiene de su caso, que a raíz de esto, cuando se legalizó la captura, se le imputaron los cargos y el agresor los aceptó. Se dio como conclusión y determinación la detención domiciliaria para Yerson Neva. Es por ello, que en el artículo 103B de la Ley 107 del 2013 ‘Rosa Elvira Cely’ realizado por la Senadora Gloria Inés Ramírez, se aclara que no se le permitirá la detención domiciliaria ni la rebaja de pena al victimario:

 

  • Procederá siempre medida de aseguramiento consistente en detención en establecimiento carcelario y, por consiguiente, no les serán aplicables las medidas no privativas de la libertad contempladas en el Articulo 307, lit. b) y en el Artículo 315 de la Ley 906 de 2004.

  • No se les otorgará el beneficio de sustitución de la detención preventiva en establecimiento carcelario, por el de detención en el lugar de residencia previsto en el artículo 314 de la Ley 906 de 2004

  • No procederán las rebajas de pena con base en preacuerdos y negociaciones entre la Fiscalía y el imputado o acusado, previstos en los artículos 348 a 352 de la Ley 906 de 2004.

Por ello, Kelly decidió buscar apoyo en organizaciones, como la Secretaría Distrital de la Mujer y en la Casa de Igualdad de Oportunidades, para que la ayuden a esclarecer los hechos y que este intento de feminicidio, como lo llama la SDM, no quede impune como muchos otros casos. Éste caso, se diferencia de otros casos de violencia intrafamiliar, pues el hombre, en este caso Yerson, cree tener dominio o poder sobre el cuerpo y la identidad de la mujer. Y aunque Kelly, con expresiones de decepción y rabia, tiene el presentimiento de que no se podrá hacer nada contra Yerson, pues se le quitó el agravante injustificadamente por la primera Fiscal que atendió el caso, intentan desarrollar junto a la abogada de la Secretaría Distrital de la Mujer, Dayana Paola Castellanos Cárdenas, el respectivo proceso para lograr que se condene al agresor por las heridas propinadas en su pecho y en su cabeza, y por el delito de hurto.

 

Éste caso no ha sido tipificado como intento de feminicidio, pues en la primera audiencia contra Yerson Neva, la Fiscal le quitó el agravante sin justificación y desde ese punto, no hay reversa para poder comprobar que si fue un “intento de homicidio agravado”.

 

Finalmente, algunas organizaciones, medios de comunicación o concejales como la SDM, el periódico El Tiempo, la concejal del Polo Democrático, Lucía Bastidas y demás personas que están frente al caso de Kelly Méndez, están a la expectativa de la tercera audiencia contra Yerson Neva para la imputación de cargos. Por otro lado, se espera que el cuarto debate de la ley 107 de 2013 ‘Rosa Elvira Cely’ sea aprobado antes del 20 de junio del presente año para que no sea hundido por vencimiento de términos, puesto que se cumplen tres años de trámite en el Congreso.

 

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